Cuando se lee la propuesta de ley por primera vez, pasan dos o tres hojas y parece que todo va relativamente bien… hasta que encuentras que es posible el internamiento forzoso, los electroshocks, microcirugías, etc.
Esta propuesta de ley ha tenido señalamientos concretos por distintas personas y organizaciones, como son las más de 50 que publicaron un comunicado en CENCOS (Centro Nacional del Comunicación Social) haciendo un llamado a revisar y analizar la propuesta con mayor detenimiento, ya que aseguran que:
“Dichas iniciativas no promueven un modelo de atención a la salud mental basado en el respeto a los derechos humanos y reproducen un paradigma médico que nuevamente invisibiliza y aísla a las personas con discapacidad y a los usuarios de sustancias psicoactivas al poner en entredicho sus derechos al consentimiento informado y a la capacidad jurídica.”
El término “salud mental” es abordado de distinto modo según la corriente psicológica que lo retome.
Sin embargo, una de las definiciones más aceptadas a nivel mundial es la de la OMS (Organización Mundial de la Salud) que la considera “no sólo como ausencia de enfermedad sino como el completo estado de bienestar psíquico, físico y social”.
Y como asegura Enrique Guinsberg: “Un planteo sin dudas muy interesante y valioso al incluir como parte de la misma todos los aspectos integrantes de la vida humana, sin negar ni olvidar ninguno y reconociendo que cualquier perturbación de ellos (enfermedades físicas, condiciones de pobreza y sociales, problemas psicológicos) la afecta –y también por ser un objetivo al que debe aspirarse-, pero al mismo tiempo total y absolutamente irreal, utópica e idealista que hace que nadie pueda estar dentro de tales parámetros.”
Además, La Ley Nacional de Salud Mental en realidad no aspira a ver a los sujetos desde su historia psíquica (no biológica ni hereditaria) y su relación con la sociedad, sino que lo ve desde la mirada patologizadora de la psiquiatría.
Es la misma que hace casi un siglo era utilizada en el hospital psiquiátrico “La Castañeda” fundado por el entonces presidente Porfirio Díaz, hospital que fue nombrado por varios como “las puertas del infierno” en dónde se practicaban todo tipo de torturas y métodos inhumanos como: lobotomías, electroshocks, comas de insulina que solo paliaban los síntomas pero no representaban ninguna mejoría para los pacientes desalineados, rapados, sin dientes, semi-desnudos, etc.
Actualmente pensaríamos que estos métodos dejaron de ser utilizados hace varias décadas.
No obstante, aunque parezca sorprendente para el siglo XXI, siguen siendo utilizados -en menor medida- en los hospitales psiquiátricos como es el caso del Fray Bernardino Álvarez (ubicado en Tlalpan y San Fernando).
Ahí el Dr. Diego Larios afirmaba en 2002 que “La mayoría son jóvenes que sufren ansiedad, profunda tristeza, consumo de droga, tendencias depresivas y suicidas. El internamiento se hace para tratamiento y control (…) Se electrochoca para que el paciente vuelva en sí, es decir, regresarse a la realidad.” pero ¿cuál realidad, la del desempleo y la explotación laboral?
A pesar de que no han desaparecido estos métodos, la Ley Nacional de Salud Mental representa un retroceso en términos de derechos humanos y de la salud mental porque no cuestiona las viejas formas de mirar al sujeto y de atenderlo sino que adopta nuevamente las formas en que el sistema aísla a los “enfermos” y los no-productivos para dejarlos en el olvido, ese mismo sistema que los lleva al límite y después los encierra para no hacerse cargo.
Si bien el sufrimiento psíquico está enredado entre una serie de hilos, que van desde la historia individual del sujeto y los sufrimientos sociales, no es casual que se expresen ciertas enfermedades de época, síntomas generalizados, o incluso acciones determinadas de los sujetos como puede ser el alcoholismo o la drogadicción, que en muchas ocasiones se emplea como forma de escape de la realidad.
¿Qué acciones contempla la ley y por qué es preocupante para los defensores de derechos humanos?
Como expresó Víctor Gutiérrez, de México Unido Contra la Delincuencia, durante la conferencia de prensa en CENCOS, “’retoma un lente criminalizador’ en contra de las personas que tienen un problema con el uso de sustancias, ya que el sistema establece que pueden ser internados de forma involuntaria y sin una evaluación médica propia. (…) En la iniciativa, el hecho que no esté contemplada la vigilancia a los centros de tratamiento, significaría que quedarían sin castigo las violaciones, tortura y malos tratos que sufren los pacientes dentro de las instalaciones.”
Esto sólo nos recuerda los turbios años de La Castañeda que como sostiene la historiadora Cristina Sacristán: “no es más que un mal sueño para la psiquiatría mexicana, por el mal cuidado que recibían los pacientes, la negligencia médica que sufrían, las terribles condiciones sanitarias e incluso por ser víctimas de tortura”.
Y es que realmente se trata de una pesadilla porque mientras la construcción estaba diseñada para albergar a 1,500 pacientes, en los hechos tenía más de 3,500 entre los que también se encontraban presos, prostitutas, alcohólicos e incluso indígenas con la excusa de que eran inadaptados sociales, y no podemos olvidar que a nivel mundial también fueron lugares de encierro para presos políticos, y ¿por qué no? es el lugar perfecto para justificar su encierro sin cuestionamientos.
La ley contempla en el capítulo 4, Artículo 55. “Son considerados tratamientos especiales la esterilización, psicocirugía, otros tratamientos irreversibles, la terapia electroconvulsiva, ensayos clínicos y experimentales. Es preocupante que el internamiento forzado, el aislamiento y este tipo de “tratamientos” arcaicos sean considerados como métodos “correctivos” de los sujetos, como son las microcirugías que coloquialmente se conocen como lobotomías.”
En cuanto a las medidas de aislamiento se consideran hasta 72 horas, pero la ley no establece algún tipo de mecanismo que regule este tipo de “tratamientos” ni mucho menos que castigue los tratos inhumanos. No queremos regresar el tiempo a los días en que cuando se consideraba que un paciente tenía un comportamiento inadecuado, los bañaban con agua helada e incluso los encerraban por días en lugares húmedos y llenos de ratas.
También se puede leer en el Artículo 53: El internamiento obligatorio se refiere al que determine la autoridad sanitaria o la autoridad judicial. El internamiento obligatorio podrá ser administrativo, cuando sea determinado por la autoridad sanitaria, a solicitud de la familia, autoridad policial o judicial, o por médico psiquiatra acreditado responsable del paciente, o algún miembro de la comunidad, con el fin de proteger a una persona aparentemente con enfermedad mental y cuya conducta ponga en riesgo su integridad o la de terceros, o bien por alteración del orden público.
El internamiento forzado puede ser determinado por alguna autoridad policial o judicial, como los policías que golpearon a Marco Antonio y lo dejaron en un estado de indefensión, perturbado y fuera de sí; o como los militares que desaparecieron a los 43 normalistas de Ayotzinapa; es decir, quienes pueden determinar esta reclusión son aquellos que criminalizan a la juventud y reprimen a los trabajadores que luchan por una vida digna.
En la misma sintonía, la ley es completamente ambigua en cuanto a los motivos por los que su puede internar a un sujeto, como dice la redacción “una persona aparentemente con enfermedad mental (…) o bien por alteración del orden público”; esto es una generalidad porque la alteración al orden público puede ser exhibicionismo o la participación en una marcha o protesta social.
Sin duda alguna, es necesario impedir la aplicación de esta iniciativa de ley que vulnera los derechos humanos y mantiene los mismos recursos arcaicos de la psiquiatría que sólo aportan a mantener el sistema y a controlar y disciplinar los cuerpos, sin aportes reales para los sujetos en términos psíquicos, sin avances ni mejoría en cuanto los padecimientos.
A través de redes sociales se ha utilizado el hashtag #YoDecidoSobreMiSaludMental con el fin de visibilizar los riesgos que implica la ley y la necesidad de su revisión.
Para esto es necesario un espacio en donde pueda ser discutido por pacientes, familiares, especialistas nacionales e internacionales de las disciplinas “psi” (psicólogos, psicoanalistas, psicoterapeutas y psiquiatras) y organizaciones de derechos humanos, sin ningún tipo de injerencia por parte del Estado.
Este sistema social alienante que ha llevado la explotación a ritmos infernales es el que orilla al límite a hombres y mujeres, y provoca las enfermedades mentales. Padecimientos que a su vez son criminalizados y mercantilizados en beneficio de la industria farmaceútica, ya que la medicación es parte fundamental de la salida propuesta ante los problemas de salud mental.
Otra razón para enfrentar este sistema de explotación y opresión, mientras luchamos por una red de servicios psicológicos gratuitos que puedan ser utilizados por el grueso de la población sin que esto signifique un tabú para las personas.
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